Abre PAN convocatoria para registro de aspirantes a diputaciones federales

En Puebla, los distritos 9, 12 y 13 están destinados a mujeres en cumplimiento a la paridad de género

La Comisión Permanente del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional abrió la invitación para participar en el proceso interno de designación de las candidaturas a Diputaciones Federales por el principio de Mayoría Relativa del estado de Puebla, en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024.

Se invita a inscribirse para la designación de candidaturas en los siguientes distritos y cabeceras en el Estado de Puebla:

Distrito 9: Puebla

Distrito 10: San Pedro Cholula

Distrito 12: Puebla

Distrito 13: Atlixco

Distrito 15: Tehuacán

La Comisión Permanente Estatal emitió providencias el 17 de enero de 2024, reservando ciertos distritos exclusivamente para mujeres, en estricto cumplimiento del mandato constitucional de paridad de género, siendo estos los distritos 9, 12 y 13.

La Comisión Permanente Nacional, de acuerdo con los estatutos del partido, será la responsable de llevar a cabo el proceso de designación en este proceso, evaluando requisitos de elegibilidad, documentación presentada ante las comisiones estatales, propuestas locales, así como criterios de paridad de género y acciones afirmativas establecidas en la legislación electoral.

La solicitud de registro deberá presentarse, en fórmulas de propietario(a) y suplente, ante la Comisión Estatal de Procesos Electorales, en las instalaciones de dicha Comisión ubicada en la sede del Comité Directivo Estatal, los días 18 y 19 de enero de 2024, a partir de las 10:00 hasta las 20:00 horas, previa solicitud.

De manera supletoria, se podrá solicitar el registro a la Comisión Nacional de Procesos Electorales de 10:00 horas a 20:00 horas, en el domicilio ubicado en el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, sito en Avenida Coyoacán 1546, Col. Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, previa cita.

La Comisión Nacional de Procesos Electorales declarará la procedencia o improcedencia de los registros presentados, a más tardar 48 horas posteriores a la recepción de la documentación por parte de la persona aspirante.

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